De acuerdo con el artículo 67 del Código Civil y Comercial, cualquiera de los cónyuges puede optar por usar el apellido del otro con la con la preposición “de” o sin ella.
Con el fin de extender un pasaporte argentino con el apellido de casada es necesario primero homologar el matrimonio extranjero mediante trámite judicial en la República Argentina y luego proceder a la rectificación consecuente de la base de datos de identidad relativas al apellido de la recurrente.