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APELLIDO DE CASADA

De acuerdo con el artículo 67 del Código Civil y Comercial, cualquiera de los cónyuges puede optar por usar el apellido del otro con la con la preposición “de” o sin ella.

Con el fin de extender un pasaporte argentino con el apellido de casada es necesario primero homologar el matrimonio extranjero mediante trámite judicial en la República Argentina y luego proceder a la rectificación consecuente de la base de datos de identidad relativas al apellido de la recurrente.

 

 

 

Fecha de actualización: 17/10/2024