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DNI: actualización infractores mayores 21 años

A los fines de lograr la mayor seguridad y control en los trámites de actualización de mayor solicitados por ciudadanos infractores mayores a 21 años de edad, se exigirá junto con su partida de nacimiento, en forma OBLIGATORIA, la presentación de información sumaria de la que surja la identidad del interesado, tramitada ante el Juzgado de Paz y avalada por 2 testigos que manifiesten conocer al ciudadano. Asimismo, en caso de ser posible, se deberá acompañar como complemento el/los DNI de uno o ambos padres.

Se hace saber que, sólo en los casos en que no fuera posible obtener la información sumaria a través de las autoridades judiciales correspondientes, o no se pudiese obtener la misma dentro de plazos razonables, se aceptarán aquellas informaciones sumarias emitidas por las Direcciones Generales de Registro Civil y Capacidad de las Personas, las que deberá cumplir con los siguientes requisitos:

-Deberá ser avalada por 2 testigos que manifiesten conocer al ciudadano, quienes deberá identificarse mediante la presentación de sus respectivos DNI.
-Deberá ser suscripta por el Director General del Registro Civil y Capacidad de las Personas ante quien  comparezca el interesado o, en su defecto, suscripta por el Jefe de Oficina Seccional y ratificada mediante acto dispositivo del Director General.

La documentación que se acompañe, deberá ser escaneada y adjuntada al trámite, devolviéndosela al ciudadano al finalizar con la toma del trámite digital.

Cabe aclarar que aquellos trámites que no cumplan con los requisitos fijados en la presente circular serán observados sin darse curso al trámite solicitado.
 

 

 

Fecha de actualización: 02/06/2014