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Requisitos

PODERES

Requisitos:

1. MINUTA. La “minuta” de poder, es decir, el texto en borrador del poder que desee otorgar preparada por escribano o abogado argentino. Dicha minuta debe ser enviada por correo electrónico y en formato de texto (programa Word). Esto es así porque, a diferencia de las escribanías en Argentina, los consulados no dan asesoramiento jurídico. Es decir, respecto de los alcances de lo que deba autorizar debe aclarar todas sus dudas con quien se encargue de la preparación de la minuta. En dicha minuta deben asimismo figurar los datos que figuran en los puntos 2 y 3. En base a esa minuta se preparará el Poder definitivo para su firma en el Consulado. Se debe indicar el nombre del estudio de abogados o escribanos que lo redactó con sus datos de contacto.

2. Respecto del PODERDANTE (persona que hace o da el poder)
- Nombre y apellido completo
- Documento de Identidad vigente
- Lugar y fecha de nacimiento
- Domicilio actual (si no está el domicilio actual en el DNI, deberá presentar constancia local de domicilio)
- Estado civil (debe indicar si está casado, divorciado o viudo y se debe indicar en qué nupcias y datos del cónyuge; si es soltero, datos de los progenitores. Asimismo, se deben presentar copias de partida de nacimiento, matrimonio, (si es más de uno, todas las partidas de matrimonio y sentencias de divorcio, debidamente traducidas y apostilladas en caso de ser extranjeras).

3. Respecto del APODERADO (persona a la que se apodera en la Argentina)
- Nombre y apellido completo
- Dirección completa
- Documento de Identidad vigente

 

EL DÍA DEL TURNO DEBERÁ ASISTIR CON ORIGINAL Y COPIA DE TODOS LOS DOCUMENTOS RESPALDATORIOS (DNI, pasaporte, CUIT/CUIL, Constancia de domicilio, partida de nacimiento, partidas de casamiento, sentencia de divorcio, certificado de defunción, según corresponda). No se requiere que presente original de la documentación personal del/los apoderados.

 

Procedimiento:

Envíe la MINUTA en UN archivo FORMATO WORD y el resto de la documentación en OTRO ARCHIVO ÚNICO FORMATO PDF a consular-etria@mrecic.gov.ar. Será contactado en un lapso de 5 días hábiles para confirmar si los documentos son correctos, informar el presupuesto y pactar una cita para realizar la firma en el Consulado. Por favor no remita otro email antes de los 5 días hábiles ya que demorará su proceso.

Arancel:
- Escritura del Poder: Euros 40 por cada página de 25 renglones o fracción. El original del poder quedará archivado en el Consulado.
- A dichos costos se suman Euros 40 por cada página de 25 renglones o fracción en concepto de emisión de un “Testimonio” del poder (copia legalizada del original para su empleo en la Argentina).

Importante: en caso que la/el PODERDANTE, no hable el idioma español (sólo pueda testar en idioma extranjero), la minuta en español debe ser acompañada por su traducción oficial exacta al idioma del poderdante. El día del trámite, se requerirá la presencia de dos intérpretes que deberá proveer el poderdante.

 

 

Fecha de actualización: 16/10/2025