PODERES
REQUISITOS:
1. MINUTA: texto borrador del poder indicando nombre del estudio de abogados o escribanos que lo redactó con sus datos de contacto.
En dicha minuta deben asimismo figurar los datos que figuran a continuación. Para ello, se requiere que la persona envíe por scan y traiga en original el día de la entrevista TODOS LOS DOCUMENTOS RESPALDATORIOS (DNI, pasaporte, CUIT/CUIL, Constancia de domicilio, partida de nacimiento, partidas de casamiento, sentencia de divorcio, de corresponder).
2.- Respecto del PODERDANTE (persona que hace o da el poder)
- Nombre y apellido completo
- Documento de Identidad
- Lugar y fecha de nacimiento
- Domicilio actual (si no está el domicilio actual en el DNI, deberá presentar constancia local de domicilio)
- Estado civil (debe indicar si está casado, divorciado o viudo y se debe indicar en qué nupcias y datos del cónyuge; si es soltero, datos de los progenitores. Asimismo, se deben presentar copias de partida de nacimiento, matrimonio, (si es más de uno, todas las partidas de matrimonio y sentencias de divorcio, debidamente traducidas y apostilladas en caso de ser extranjeras).
3.- Respecto del APODERADO (persona a la que se apodera en la Argentina)
- Nombre y apellido completo
- Dirección completa
- Documento de Identidad
En base a esa minuta se preparará el Poder definitivo para su firma en el Consulado.
PROCEDIMIENTO: Por favor envíe la MINUTA en UN archivo FORMATO WORD y el resto de la documentacion en OTRO ARCHIVO ÚNICO FORMATO PDF a consular-etria@mrecic.gov.ar. Será contactado en un lapso de 5 días hábiles al email ingresado para confirmar si los documentos son correctos, informar el presupuesto y pactar una cita para realizar la firma en el Consulado. Por favor no remita otro email antes de los 5 días hábiles ya que demorará su proceso.
Costos:
- Escritura del Poder: Euros 40 por cada página de 25 renglones o fracción. El original del poder quedará archivado en el Consulado.
- A dichos costos se suman Euros 40 por cada página de 25 renglones o fracción en concepto de emisión de un “Testimonio” del poder (copia legalizada del original para su empleo en la Argentina).
Es muy importante traer toda la documentación original el día de su turno.
Importante: en caso que la/el PODERDANTE, no hable el idioma español, la minuta en español debe ser acompañada por su traducción exacta al idioma del poderdante.
Para el otorgamiento del poder debe solicitarse un turno previo vía correo electrónico.